Una ficha técnica reducida es un documento que indica las características técnicas y constructivas de un vehículo que puede servir para comprobar que las especificaciones del vehículo en cuestión se ajustan a lo declarado por el fabricante en la homologación de tipo o las modificaciones que se hayan producido sobre éstas.
Fichas reducidas
Se realizarán según los modelos de los anexos del RD 750/2010 y pueden ser emitidas por el fabricante, la autoridad de homologación de vehículos, un servicio técnico competente en materia de homologaciones o un técnico competente.
Podemos realizar este tipo de fichas que pueden ser necesarias para algunos trámites como la matriculación de un vehículo de importación o la homologación individual de un vehículo agrícola.
Vehículos agrícolas
Siempre que sea posible, podemos tramitar la documentación necesaria para hacer una ficha técnica o matricular un vehículo agrícola.
Consúltanos la viabilidad sin compromiso.
Vehículos de competición
Si quieres preparar un vehículo para competir podemos ayudarte a realizar los trámites necesarios para obtener el certificado de conformidad técnica para la I.T.V. de competición.
Vehículos de importación
Normalmente hay dos razones principales para la matriculación de un vehículo importado:
Es necesario que el titular del vehículo haya estado residiendo en el país desde el que se pretende importar el vehículo durante un mínimo de 12 meses y que haya tenido matriculado el vehículo a su nombre al menos 6 meses. En ese caso, la matriculación del vehículo en España suele suponer un proceso sencillo y económico.
Antes de realizar la compra conviene asegurarse de que será posible su matriculación en España, ya que en determinados casos puede no serlo, especialmente en vehículos importados de terceros países, por no cumplir algunas normativas como la de emisiones. En caso de que sí se pueda, podemos realizar los trámites necesarios como la realización de fichas reducidas, la homologación individual o el certificado de equiparación de la contraseña.
Vehículos históricos
- Que tenga una antigüedad mínima de 30 años desde su fecha de fabricación o, si no se conoce, desde su primera matriculación.
- Vehículos declarados bienes de interés cultural o similar.
- Vehículos de colección.
Ventajas:
- Exención del pago del impuesto de circulación, dependiendo del ayuntamiento en el que esté inscrito el vehículo.
- Disminución de la frecuencia con la que se debe pasar la ITV, según la antigüedad y las características del vehículo, pudiendo ser desde 2 años en vehículos de hasta 35 años, hasta cada 5 años en vehículos de más de 55 años.
- Exención de algunas pruebas en la revisión de ITV como emisiones, ruido, etc.
- Precios más económicos en el seguro obligatorio.
Inconvenientes:
- Una vez catalogado como histórico, no se podrá hacer ninguna reforma al vehículo
- Puede haber algunas restricciones en la circulación según la antigüedad que tenga el vehículo.
- Ficha reducida de características técnicas firmada y sellada por una entidad o club de vehículos históricos.
- Certificado del fabricante o del club de históricos, en el que se indique la razón por la que el vehículo pueda catalogarse como histórico.
- Informe de conformidad de un laboratorio de vehículos acreditado por la comunidad autónoma correspondiente.